Siempre que la amenaza se haga verbalmente, y que del mismo modo se exija dinero o se imponga condición la pena será de seis meses a un año de prisión y multa de veinticinco a cien pesos. En este caso, como en los anteriores artículos, se sujetará al culpable a la vigilancia de la alta policía.
art 307 cp
- Código Penal Dominicano
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- Capítulo I: Crímenes y delitos contra las personas
- Sección 1ra.: Homicidio, asesinatos y otros crímenes capitales: amenazas de atentado contra las personas
- Párrafo II: Amenazas
- Artículo 305
- Artículo 306
- Artículo 307
- Artículo 308
- Párrafo II: Amenazas
- Sección 1ra.: Homicidio, asesinatos y otros crímenes capitales: amenazas de atentado contra las personas
- Capítulo I: Crímenes y delitos contra las personas
- TÍTULO II: Crímenes y delitos contra los particulares
- LIBRO TERCERO: De los crímenes y delitos y su castigo