¿Los libros de texto y el material escolar se consideran gastos ordinarios o extraordinarios?
Los libros de texto y el material escolar se consideran gastos ordinarios incluidos en la pensión alimenticia, siempre que se trate de enseñanza pública y no se haya pactado lo contrario.
Los gastos extraordinarios deben ser necesarios, imprevisibles, ocasionales y no cuantificables con antelación, pero los libros de texto y el material escolar se consideran previsibles y periódicos, y por tanto cuantificables de antemano, lo que justifica su inclusión dentro de la pensión fijada para sufragar las necesidades básicas del menor.
No obstante, si el convenio regulador o la sentencia no los ha contemplado expresamente, y surgen discrepancias, puede valorarse su carácter extraordinario en función de las circunstancias del caso.
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