Incapacidad permanente parcial

La incapacidad permanente parcial es una prestación económica que se recibe en Colombia cuando se produce un daño que disminuye entre un 5 y un 49,9% de la capacidad laboral de un trabajador. Esto está contemplado en el Decreto 2644 de 1994, por el cual se expide la Tabla Única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral entre el 5% y 49.99% y la prestación económica correspondiente.

Incapacidad permanente parcial

La Incapacidad Permanente Parcial inhabilita al trabajador con una disminución del rendimiento laboral no inferior al 33%.

Además, estas prestaciones forman parte del Sistema General de Riesgos Profesionales.

Se considera como incapacitado permanente parcial, al afiliado que, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado.

La incapacidad permanente parcial se presenta cuando el afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, sufre una disminución parcial, pero definitiva en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual, en los porcentajes establecidos en el inciso anterior.

Artículo 5 de la Ley 776 de 2002

¿En qué consiste la prestación económica por incapacidad permanente parcial?

La prestación económica por incapacidad permanente parcial en Colombia es una suma de dinero que recibe el beneficiario por una única vez y que debe ser abonada por la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado el trabajador correspondiente. A su vez, el monto no puede ser inferior a un salario ni superior al valor de 24 veces dicha suma.

En tanto, el salario base de liquidación, según estipula el artículo 20 del decreto ley 1295 de 1994, se establece en el caso de accidentes de trabajo, como promedio de los 6 meses anteriores al hecho. Cuando se trata de una enfermedad profesional se toma el promedio del último año de la base de la cotización obtenida en la empresa donde se diagnosticó la enfermedad.

¿Cuáles son los requisitos para que exista una incapacidad permanente parcial?

La enfermedad o accidente laboral que ocasiona la incapacidad, y que reduce la capacidad laboral del trabajador, tiene que haber estado relacionada con el trabajo. A su vez, el trabajador debe haber recibido tratamiento médico para la enfermedad o lesión y haber alcanzado un estado máximo de mejoría médica.

Además, un médico debe evaluar la disminución de la capacidad laboral del trabajador utilizando criterios específicos y determinando el porcentaje de incapacidad permanente parcial. Como parte final de este proceso, el trabajador debe haber sido declarado apto para continuar trabajando, pero con ciertas limitaciones o restricciones.

La declaración, evaluación, revisión, grado y origen de la incapacidad permanente parcial serán determinados por una comisión médica interdisciplinaria, según la reglamentación que para estos efectos expida el Gobierno Nacional.

La declaración de incapacidad permanente parcial se hará en función a la incapacidad que tenga el trabajador para procurarse por medio de un trabajo, con sus actuales fuerzas, capacidad y formación profesional, una remuneración equivalente al salario o renta que ganaba antes del accidente o de la enfermedad.

Artículo 6 de la Ley 776 de 2002

Con respecto a esto último, la incapacidad permanente parcial se refiere a una disminución de la capacidad laboral, pero no a la incapacidad completa para trabajar.

¿Qué aspectos se tienen en cuenta para determinar la pérdida de capacidad laboral?

Para determinar el porcentaje de incapacidad se consideran tres aspectos:

  • La deficiencia o pérdida de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica.
  • La discapacidad entendida como una restricción o ausencia de capacidad para llevar adelante tareas de una determinada actividad.
  • La minusvalía, que se comprende como un problema que sitúa al trabajador en una situación desfavorable para competir en el mercado laboral.

Las instituciones competentes para determinar estos aspectos son las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y las juntas regionales y nacionales de calificación de invalidez.

¿Cuándo se puede reclamar la indemnización por incapacidad permanente parcial?

El derecho a reclamar esta prestación surge en el momento en que se produce un dictamen definitivo sobre la invalidez o pérdida de la capacidad laboral del trabajador. Según consta en el artículo 18 de la ley 776 del año 2002, el trabajador tiene un año de plazo para reclamar a partir de la notificación de este dictamen.

Pagos de la calificación y de la indemnización

Tanto los servicios necesarios para efectuar la calificación como la indemnización deben ser pagadas por las ARL. En cuanto a la calificación, los trabajadores pueden solicitar una por cuenta propia de manera independiente.

A su vez, las ARL no solo están obligadas a cubrir estos gastos, sino también los que se deriven de la atención médica, incluyendo cirugías, costos hospitalarios, medicamentos, prótesis, tratamientos de rehabilitación y traslados.

Por último, la Junta de Calificación de pérdida de la capacidad laboral cuenta con la potestad de revisar el porcentaje de pérdida de capacidad. Para ello, es necesario que la ARL lo solicite en un plazo no superior al año después de la calificación.