La adopción es un acto legal por el cual una persona o familia acoge como hijo al que biológicamente es hijo de otros padres.

La adopción es un acto jurídico que consiste en que una persona o una familia acoge a otra persona como hijo, aunque biológicamente es hijo de otros padres.
En el Código Civil de Colombia, el Título XIII estaba dedicado a los procesos de adopción pero actualmente los artículos de dicho titulo están derogados y se debe acudir al Decreto 2737 de 1989, Código del Menor.
¿Cómo se define la adopción?
El Diccionario Panhispánico del Español Jurídico define la adopción como:
"Acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, adoptante y adoptado, de tal forma que establece entre ellas una relación de paternidad y/o maternidad con sus mismos efectos legales."
Requisitos necesarios para adoptar
Los requisitos necesarios para adoptar dependerán de la legislación civil de cada país. No obstante, se suele exigir lo siguiente:
- El adoptante debe ser mayor de 25 años.
- La diferencia de edad entre adoptante y adoptado debe ser de, al menos, 16 años.
- El adoptante no podrá ser mayor de 45 años.
- No puede ser adoptado un menor emancipado, un mayor de edad, un descendiente (un abuelo a sus nietos), un pariente en segundo grado (por ejemplo a un hermano o a un cuñado), o un pupilo por su tutor legal.
- Que el adoptante cuente con la plena capacidad para el ejercicio de los derechos civiles. Debe poseer unas condiciones psicológicas, económicas, sociales y educacionales adecuadas al menor.
- Por último, que el adoptante haya presentado y realizado correctamente la solicitud y todos los trámites correspondientes para la adopción.
¿Qué tipos de adopción existen?
En la adopción podemos distinguir dos tipos diferentes:
- La adopción plena, ofrece los mismos derechos al adoptado que si fuera hijo biológico (sustitución de apellidos, se considerará que el adoptado tiene abuelos y tíos, el adoptado podrá recibir herencia de todos sus ascendientes, etc.).
- La adopción simple, solo existen ciertos derechos y obligaciones entre adoptante y adoptado. El adoptado no poseerá los apellidos del adoptante, ni tendrá derecho a heredar de otros ascendientes que no sean los padres.