Adopción

La adopción es un acto legal por el cual una persona o familia acoge como hijo al que biológicamente es hijo de otros padres.

Adopción

La adopción es un acto jurídico que consiste en que una persona o una familia acoge a otra persona como hijo, aunque biológicamente es hijo de otros padres.

En el Código Civil de Colombia, el Título XIII estaba dedicado a los procesos de adopción pero actualmente los artículos de dicho titulo están derogados y se debe acudir al Decreto 2737 de 1989, Código del Menor.

¿Cómo se define la adopción?

El Diccionario Panhispánico del Español Jurídico define la adopción como:

"Acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, adoptante y adoptado, de tal forma que establece entre ellas una relación de paternidad y/o maternidad con sus mismos efectos legales."

Requisitos necesarios para adoptar

Los requisitos necesarios para adoptar dependerán de la legislación civil de cada país. No obstante, se suele exigir lo siguiente:

  • El adoptante debe ser mayor de 25 años.
  • La diferencia de edad entre adoptante y adoptado debe ser de, al menos, 16 años.
  • El adoptante no podrá ser mayor de 45 años.
  • No puede ser adoptado un menor emancipado, un mayor de edad, un descendiente (un abuelo a sus nietos), un pariente en segundo grado (por ejemplo a un hermano o a un cuñado), o un pupilo por su tutor legal.
  • Que el adoptante cuente con la plena capacidad para el ejercicio de los derechos civiles. Debe poseer unas condiciones psicológicas, económicas, sociales y educacionales adecuadas al menor.
  • Por último, que el adoptante haya presentado y realizado correctamente la solicitud y todos los trámites correspondientes para la adopción.

¿Qué tipos de adopción existen?

En la adopción podemos distinguir dos tipos diferentes:

  1. La adopción plena, ofrece los mismos derechos al adoptado que si fuera hijo biológico (sustitución de apellidos, se considerará que el adoptado tiene abuelos y tíos, el adoptado podrá recibir herencia de todos sus ascendientes, etc.).
  2. La adopción simple, solo existen ciertos derechos y obligaciones entre adoptante y adoptado. El adoptado no poseerá los apellidos del adoptante, ni tendrá derecho a heredar de otros ascendientes que no sean los padres.

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