Se impondrán las penas generales de este Código para los casos de homicidio y lesiones:
1.° Si el duelo se hubiere verificado sin la asistencia de padrinos.
2º ° Cuando se provocare o diere causa a un desafío proponiéndose un interés pecuniario o un objeto inmoral.
3.° Al combatiente que faltare a las condiciones esenciales concertadas por los padrinos.
art 409 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas
- TÍTULO OCTAVO. Crímenes y simples delitos contra las personas
- IV. Del duelo
- TÍTULO OCTAVO. Crímenes y simples delitos contra las personas
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas