Toda pena que se imponga por un crimen o un simple delito, lleva consigo la pérdida de los efectos que de él provengan y de los instrumentos con que se ejecutó, a menos que pertenezcan a un tercero no responsable del crimen o simple delito.
art 31 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO PRIMERO
- TÍTULO TERCERO. De las penas
- III. De los límites, naturaleza y efectos de las penas
- Penas que llevan consigo otras accesorias
- III. De los límites, naturaleza y efectos de las penas
- TÍTULO TERCERO. De las penas
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