El prestamista que no diere resguardo de la prenda o seguridad recibida, será castigado con una multa del duplo al quíntuplo de su valor y la cantidad que hubiere prestado caerá en comiso.
art 282 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- VI. De las infracciones de las leyes y reglamentos referentes a loterías, casas de juego y de préstamo sobre prendas.
- TÍTULO SEXTO. De los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares
- LIBRO SEGUNDO. Crímenes y simples delitos y sus penas