Artículo 93 de la Ley Orgánica de Protección de Datos
Artículo 93. Derecho al olvido en búsquedas de Internet.
1. Toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de su nombre los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información.
Del mismo modo deberá procederse cuando las circunstancias personales que en su caso invocase el afectado evidenciasen la prevalencia de sus derechos sobre el mantenimiento de los enlaces por el servicio de búsqueda en Internet.
Este derecho subsistirá aun cuando fuera lícita la conservación de la información publicada en el sitio web al que se dirigiera el enlace y no se procediese por la misma a su borrado previo o simultáneo.
2. El ejercicio del derecho al que se refiere este artículo no impedirá el acceso a la información publicada en el sitio web a través de la utilización de otros criterios de búsqueda distintos del nombre de quien ejerciera el derecho.
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- Ley Orgánica de Protección de Datos
- TÍTULO X. Garantía de los derechos digitales
- Artículo 79. Los derechos en la Era digital.
- Artículo 80. Derecho a la neutralidad de Internet.
- Artículo 81. Derecho de acceso universal a Internet.
- Artículo 82. Derecho a la seguridad digital.
- Artículo 83. Derecho a la educación digital.
- Artículo 84. Protección de los menores en Internet.
- Artículo 85. Derecho de rectificación en Internet.
- Artículo 86. Derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales.
- Artículo 87. Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral.
- Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
- Artículo 89. Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo.
- Artículo 90. Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral.
- Artículo 91. Derechos digitales en la negociación colectiva.
- Artículo 92. Protección de datos de los menores en Internet.
- Artículo 93. Derecho al olvido en búsquedas de Internet.
- Artículo 94. Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes.
- Artículo 95. Derecho de portabilidad en servicios de redes sociales y servicios equivalentes.
- Artículo 96. Derecho al testamento digital.
- Artículo 97. Políticas de impulso de los derechos digitales.