Artículo 588 quáter e) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Cesada la medida por alguna de las causas previstas en el artículo 588 bis j, la grabación de conversaciones que puedan tener lugar en otros encuentros o la captación de imágenes de tales momentos exigirán una nueva autorización judicial.
art 588 quáter e) LECrim
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Buscar abogado penalista- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro II. Del sumario
- Título VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución
- Capítulo VI: Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos
- Artículo 588 quáter a)
- Artículo 588 quáter b)
- Artículo 588 quáter c)
- Artículo 588 quáter d)
- Artículo 588 quáter e)
- Capítulo VI: Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos
- Título VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución