Artículo 669 de la Ley Concursal
Artículo 669. Control judicial.
En el trámite de homologación, el juez verificará que concurren los requisitos y las mayorías previstas en los artículos anteriores y que la nueva financiación no perjudica injustamente los intereses de los acreedores.
art 669 trlc
¿Buscas abogado especialista en derecho concursal?
Te ayudamos a encontrar abogado concursal de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO SEGUNDO. Del Derecho preconcursal
- TÍTULO III. De los planes de reestructuración
- CAPÍTULO VI. De la protección en caso de concurso
- Artículo 665. Financiación interina.
- Artículo 666. Nueva financiación.
- Artículo 667. Protección frente a acciones rescisorias.
- Artículo 668. Financiación de personas especialmente relacionadas con el deudor.
- Artículo 669. Control judicial.
- Artículo 670. Motivos de impugnación u oposición de efecto limitado.
- CAPÍTULO VI. De la protección en caso de concurso
- TÍTULO III. De los planes de reestructuración