Artículo 324 de la Ley Concursal
Artículo 324. La propuesta de convenio con asunción.
1. La propuesta de convenio podrá consistir en la adquisición por una persona natural o jurídica, determinada en la propia propuesta, bien del conjunto de bienes y derechos de la masa activa afectos a la actividad profesional o empresarial del concursado, bien de determinadas unidades productivas, con asunción por el adquirente del compromiso de continuidad de esa actividad durante el tiempo mínimo que se establezca en la propuesta, y de la obligación de pago, total o parcial, de todos o de algunos de los créditos concursales.
2. La transmisión de la unidad o de las unidades productivas al adquirente determinado en la propuesta de convenio estará sometida a las reglas especiales establecidas en esta ley para esta clase de transmisiones.
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Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO PRIMERO. Del concurso de acreedores
- TÍTULO VII. Del convenio
- CAPÍTULO I. De la propuesta de convenio
- Sección I. De los proponentes
- Sección II. Del contenido de la propuesta de convenio
- Subsección I. De las reglas generales sobre la propuesta de convenio
- Artículo 317. Contenido de la propuesta de convenio.
- Artículo 317 bis. Propuesta de convenio con modificación estructural.
- Artículo 318. Prohibiciones.
- Artículo 319. Propuestas condicionadas.
- Artículo 320. Propuesta con cláusula de intereses.
- Artículo 321. Propuesta con limitación de facultades.
- Artículo 322. Propuesta con atribución de funciones a la administración concursal durante el período de cumplimiento del convenio.
- Artículo 323. Propuesta de convenio con previsiones para la realización de bienes o derechos afectos a créditos con privilegio especial.
- Subsección II. De la propuesta de convenio con asunción
- Artículo 324. La propuesta de convenio con asunción.
- Subsección III. Del contenido alternativo de la propuesta de convenio
- Artículo 325. Propuesta de convenio con contenido alternativo.
- Artículo 326. Facultad de elección.
- Artículo 327. Propuesta de convenio con conversión de créditos.
- Artículo 328. Propuesta de convenio con conversión de créditos en acciones o participaciones sociales.
- Artículo 329. Propuesta de convenio con cesión en pago.
- Artículo 330. Propuesta de convenio con cesión de las acciones o de los efectos de la reintegración.
- Subsección I. De las reglas generales sobre la propuesta de convenio
- Sección III. Del plan de pagos y del plan de viabilidad
- CAPÍTULO I. De la propuesta de convenio
- TÍTULO VII. Del convenio