Artículo 32 del Código Penal
Las penas que pueden imponerse con arreglo a este Código, bien con carácter principal bien como accesorias, son privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa.
art 32 CP
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Buscar abogado penalista- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título III: De las penas
- Capítulo I: De las penas, sus clases y efectos
- Sección I: De las penas y sus clases
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Sección I: De las penas y sus clases
- Capítulo I: De las penas, sus clases y efectos
- Título III: De las penas