La servidumbre de paso es un derecho real, mediante el cual se limita la propiedad de una finca (predio sirviente), para que a partir de ella se pueda salir o entrar a otra (predio dominante).
¿Qué implica la servidumbre de paso?
La constitución de una servidumbre de paso implica que habrá derecho a crear un paso, como la propia terminología indica.
- El paso ha de producirse por donde menos se perjudique a la finca.
- El paso se realizará de la forma más corta, es decir, por donde sea menor la distancia al camino público.
¿Cómo se constituye una servidumbre de paso?
La servidumbre de paso se adquiere únicamente a través de:
- Un título, mediante el cual, el dueño del predio sirviente autoriza el paso.
- Por sentencia firme.
- Por destino del padre de familia.
¿Existe derecho a indemnización tras constituir servidumbre de paso?
Toda servidumbre de paso producirá una indemnización de la que disfrutará el dueño del predio privado. Su valor será el que acuerden las partes, o bien el valor del terreno ocupado junto con el de los daños causados por el paso.
¿Qué ocurre cuando ya no es necesaria la servidumbre de paso?
En el momento en el que ya no fuera necesaria la servidumbre de paso, el dueño del predio sirviente podría solicitar la extinción de la servidumbre.