Artículo 923 del Código Civil y Comercial

Artículo 923. Requisitos de la compensación legal.

Para que haya compensación legal:

a) ambas partes deben ser deudoras de prestaciones de dar;

b) los objetos comprendidos en las prestaciones deben ser homogéneos entre sí;

c) los créditos deben ser exigibles y disponibles libremente, sin que resulte afectado el derecho de terceros.

art 923 CCCN

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