Artículo 8 del Código Civil y Comercial
Artículo 8. Principio de inexcusabilidad.
La ignorancia de las leyes no sirve de excusa para su cumplimiento, si la excepción no está autorizada por el ordenamiento jurídico.
art 8 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO II: Ley
- Artículo 4. Ambito subjetivo.
- Artículo 5. Vigencia.
- Artículo 6. Modo de contar los intervalos del derecho.
- Artículo 7. Eficacia temporal.
- Artículo 8. Principio de inexcusabilidad.
- CAPÍTULO II: Ley