Artículo 4 del Código Civil y Comercial
Artículo 4. Ambito subjetivo.
Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o transeúntes, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales.
art 4 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO II: Ley