Artículo 727 del Código Civil y Comercial

Artículo 727. Prueba de la existencia de la obligación. Presunción de fuente legítima.

La existencia de la obligación no se presume. La interpretación respecto de la existencia y extensión de la obligación es restrictiva. Probada la obligación, se presume que nace de fuente legítima mientras no se acredite lo contrario.

art 727 CCCN

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