Artículo 373 del Código Civil y Comercial

Artículo 373. Obligaciones y deberes del representado.

El representado tiene las siguientes obligaciones y deberes:

a) de prestar los medios necesarios para el cumplimiento de la gestión;

b) de retribuir la gestión, si corresponde;

c) de dejar indemne al representante.

art 373 CCCN

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