Artículo 2518 del Código Civil y Comercial

Artículo 2518. Caducidad de la institución por premoriencia.

La institución de heredero o legatario caduca cuando el instituido muere antes que el testador o antes del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la herencia o el legado.

art 2518 CCCN

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