Artículo 2263 del Código Civil y Comercial
Artículo 2263. Prueba.
Al demandante le basta probar su derecho de poseer o su derecho de hipoteca, sin necesidad de probar que el inmueble no está sujeto a la servidumbre que se le quiere imponer o que no está constreñido por el pretendido deber inherente a la posesión.
art 2263 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO CUARTO: DERECHOS REALES
- TÍTULO XIII: Acciones posesorias y acciones reales
- CAPÍTULO II: Defensas del derecho real
- SECCIÓN 3ª: Acción negatoria
- Artículo 2262. Legitimación pasiva.
- Artículo 2263. Prueba.
- SECCIÓN 3ª: Acción negatoria
- CAPÍTULO II: Defensas del derecho real
- TÍTULO XIII: Acciones posesorias y acciones reales