Artículo 1703 del Código Civil y Comercial

Artículo 1703. Excepciones a la normativa general.

El dominio fiduciario hace excepción a la normativa general del dominio y, en particular, del dominio imperfecto en cuanto es posible incluir en el contrato de fideicomiso las limitaciones a las facultades del propietario contenidas en las disposiciones del Capítulo 30 y del presente Capítulo.

art 1703 CCCN

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