Artículo 1702 del Código Civil y Comercial
Artículo 1702. Normas aplicables.
Son aplicables al dominio fiduciario las normas que rigen los derechos reales en general y, en particular, el dominio, previstas en los Títulos I y III del Libro Cuarto de este Código.
art 1702 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO IV: Contratos en particular
- CAPÍTULO XXXI: Dominio fiduciario
- TÍTULO IV: Contratos en particular