Artículo 1046 del Código Civil y Comercial

Artículo 1046. Citación por evicción.

Si un tercero demanda al adquirente en un proceso del que pueda resultar la evicción de la cosa, el garante citado a juicio debe comparecer en los términos de la ley de procedimientos. El adquirente puede seguir actuando en el proceso.

art 1046 CCCN

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