Artículo 1049 del Código Civil y Comercial

Artículo 1049. Régimen de las acciones.

El acreedor de la responsabilidad dispone del derecho a declarar la resolución:

a) si los defectos en el título afectan el valor del bien a tal extremo que, de haberlos conocido, el adquirente no lo habría adquirido, o su contraprestación habría sido significativamente menor;

b) si una sentencia o un laudo produce la evicción.

art 1049 CCCN

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