Artículo 756 del Código Civil y Comercial

Artículo 756. Concurrencia de varios acreedores. Bienes inmuebles.

Si varios acreedores reclaman la misma cosa inmueble prometida por el deudor, son todos de buena fe y a título oneroso, tiene mejor derecho:

a) el que tiene emplazamiento registral y tradición;

b) el que ha recibido la tradición;

c) el que tiene emplazamiento registral precedente;

d) en los demás supuestos, el que tiene título de fecha cierta anterior.

art 756 CCCN

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