Artículo 99 de la Ley Federal del Trabajo
El derecho a percibir el salario es irrenunciable. Lo es igualmente el derecho a percibir los salarios devengados.
art 99 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO TERCERO. Condiciones de trabajo
- Capítulo VII: Normas protectoras y privilegios del salario