Artículo 102 de la Ley Federal del Trabajo
Las prestaciones en especie deberán ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y razonablemente proporcionadas al monto del salario que se pague en efectivo.
art 102 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO TERCERO. Condiciones de trabajo
- Capítulo VII: Normas protectoras y privilegios del salario