Artículo 17 del Código Civil

Artículo 17. Defensa de los derechos de la persona

La violación de cualquiera de los derechos de la persona a que se refiere este título, confiere al agraviado o a sus herederos acción para exigir la cesación de los actos lesivos.

La responsabilidad es solidaria.

art 17 cc

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