Artículo 165 del Código Penal
Las penas de los artículos anteriores se impondrán en su mitad superior, en los respectivos casos, si la detención ilegal o secuestro se ha ejecutado con simulación de autoridad o función pública, o la víctima fuere menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial protección o funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
art 165 CP
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- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título VI: Delitos contra la libertad
- Capítulo I: De las detenciones ilegales y secuestros
- Título VI: Delitos contra la libertad