Se embargarán y confiscarán:
1.- (Derogado).
2.- La carne y el pan fallos en su peso, se destinarán a los hospicios y presidios.
3.- Los instrumentos, trajes y efectos que se emplean o estén destinados para adivinaciones y otros engaños.
art 481 cp
- Código Penal Dominicano
- LIBRO CUARTO: Contravenciones de Policía y sus penas
- Capítulo II: Contravenciones y penas
- Sección 3ra.: Tercera clase
- Artículo 479
- Artículo 480
- Artículo 481
- Artículo 482
- Sección 3ra.: Tercera clase
- Capítulo II: Contravenciones y penas
- LIBRO CUARTO: Contravenciones de Policía y sus penas