Querella

La querella es un proceso legal a través de la cual la parte interesada presenta una solicitud formal ante un tribunal competente. Esto tiene la intención de informar sobre un presunto hecho delictivo, conforme a las bases del proceso penal privado permitido por ley.

Por lo tanto, se trata de una acción penal iniciada por la parte afectada con motivo de un hecho delictivo. Donde se exponen delitos contra el honor, por ejemplo, injuria, difamación o calumnia.

En otras palabras, la querella es una manifestación de voluntad que presenta solo la víctima de forma directa. Para de esta manera relatar los detalles del delito cometido en contra de su persona.

Requisitos de la querella en Perú

Según el artículo 459 del Nuevo Código Procesal Penal peruano, para formalizar una querella se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Identificación completa de la parte afectada (querellante) o en su defecto de representante legal.
  • Relato por escrito del hecho delictivo cometido en contra de la víctima.
  • Precisión de las razones jurídicas que justifican la solicitud y de las personas a quienes se dirige la acusación.
  • Presentación de pruebas del hecho delictivo cometido.
  • Precisión de la sanción penal que corresponda y su justificación.
  • El escrito de la querella debe presentar una copia del mismo para cada una de las partes acusadas (querellado).

Admisión de la querella

En este caso, la víctima es la que interpone la querella o su representante legal. Por lo tanto, solo la parte ofendida puede presentar la manifestación de voluntad ante el órgano competente.

Además, si el juez considera que la solicitud no es clara o está incompleta, puede presentar observaciones. Según las disposiciones del artículo 460 del Nuevo Código Procesal Penal.

De hecho, se señala que la víctima tiene un periodo de tiempo para mostrar la subsanación de observaciones. Si no fuera así, la querella se da por no presentada y se archiva de forma definitiva.

Por otro lado, hay que resaltar que el Juez puede rechazar una querella, si considera que el hecho denunciado no constituye un delito. Con base a las disposiciones de ley y las circunstancias expuestas de forma escrita.

Convocatoria a juicio y audiencia

Si la querella presentada cumple con los requisitos de ley, el Juez Penal consignará una resolución de admisión. En la cual se confirma que la querella fue aceptada y el caso será procesado según la normativa.

Después de ello, la parte acusada tiene un periodo de cinco días hábiles para responder a la querella. Así como para presentar las evidencias que considere oportunas en su defensa según el artículo 462 del Nuevo Código Procesal Penal.

Una vez vencido el plazo para responder a la querella, el Juez dictará citación a juicio. Dicho proceso judicial deberá ser ejecutado en un lapso de diez a treinta días, donde se podrá tratar que las partes lleguen a un acuerdo.

En caso de no lograr una conciliación, se dejará constancia de ello y de las razones por las que no se aceptó.  Para luego continuar con el desarrollo de la audiencia prevista en sesión pública.