¿Qué ocurre con el régimen de visitas cuando hay una orden de alejamiento?

  1. Suspensión del régimen de visitas: si la orden se debe a hechos graves, las visitas pueden suspenderse temporalmente para proteger a la persona y a los menores.
  2. Visitas supervisadas: el juez puede autorizar visitas en lugares neutrales, como la DEMUNA, bajo supervisión para garantizar seguridad.
  3. Modificación del régimen: se pueden establecer intermediarios, visitas virtuales u otros ajustes para evitar contacto directo.
  4. Interés superior del niño: siempre se prioriza la estabilidad emocional y física del menor al decidir sobre las visitas.
  5. Incumplimiento de la orden: usar las visitas para intimidar a la persona protegida es un delito que puede ser denunciado y sancionado.
  6. Asesoramiento legal: es esencial contar con apoyo jurídico para garantizar medidas que equilibren seguridad y derechos de los menores.
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