Artículo 979 del Código Civil

Artículo 979. Reivindicación y defensa del bien común

Cualquier copropietario puede revindicar el bien común. Asimismo, puede promover las acciones posesorias, los interdictos, las acciones de desahucio, aviso de despedida y las demás que determine la ley.

art 979 cc

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