Artículo 1761 del Código Civil

Artículo 1761. Aprobación tácita de excesos de la prestación

Informado el comitente del apartamiento de las instrucciones por el prestador de servicios, el silencio de aquel por tiempo superior al que tenía para pronunciarse, según los usos o, en su defecto, de acuerdo con la naturaleza del asunto, importa la aprobación del encargo.

art 1761 cc

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