Artículo 1724 del Código Civil

Artículo 1724. Liberación de responsabilidad del hospedante

El hospedante no tiene responsabilidad si prueba que la sustracción, pérdida o deterioro de los bienes introducidos por el huésped se debe a su culpa exclusiva o de quienes le visiten, acompañen o sean dependientes suyos o si tiene como causa la naturaleza o vicio de ellos.

art 1724 cc

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