Pase a la reserva

Jurídicamente revisado por: Juan Carlos Fernández Monteagudo
El pase a la reserva es una situación administrativa que se da en las Fuerzas Armadas y en la Guardia Civil por la cual, al cumplir una edad o un tiempo en su empleo (según el caso), los militares dejan de estar en activo, pero pueden ser requeridos para desempeñar sus servicios en caso necesario.
Ideas clave
  • El pase a la reserva puede alcanzarse bien por cumplir una determinada edad o por alcanzar un número de años de servicio.
  • A diferencia del pase a retiro, la situación administrativa de pase a la reserva mantiene al militar o guardia civil la posibilidad de volver al servicio en caso de supuestos especiales.
  • El pase a la reserva puede alcanzarse de forma forzosa o de forma anticipada y voluntaria si se reúne un periodo de servicio determinado en los cupos autorizados.
  • En las Fuerzas Armadas el pase a la reserva produce el cese automático del interesado en su destino o cargo, salvo que esté asignado indistintamente a servicio activo y reserva.
  • En la Guardia Civil el pase a la reserva determina su cese automático en su destino o cargo, salvo en los casos en que sean requeridos para el cumplimiento de funciones policiales.
  • Durante la situación de pase a la reserva no es posible ascender.

¿Qué es el pase a la reserva?

Una vez que los militares y guardias civiles cumplen una determinada edad, o llevan un tiempo en su empleo, pasan a la reserva. Esto significa que dejan de estar en activo, pero si es necesario, pueden tener que desempeñar sus servicios en las Fuerzas Armadas de nuevo.

Los militares pueden ocupar ciertos destinos al estar en reserva, y ser designados para desarrollar comisiones de servicio de forma temporal, sin por ello recuperar la situación de servicio activo.

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Pase a la reserva en las Fuerzas Armadas

Diferencia entre el militar profesional que ha pasado a reserva y otras figuras

Es importante no confundir a los militares que han pasado a la reserva con los reservistas voluntarios, que son civiles que reciben una formación durante un tiempo en las Fuerzas Armadas, según su titulación, y pueden desempeñar sus servicios en las mismas durante un tiempo en plazas que se activan con este fin.

Tampoco se deben confundir con los reservistas de especial disponibilidad. Los militares profesionales de tropa y marinería que llevan al menos 18 años de servicios y cumplen 45 años de edad teniendo un compromiso de larga duración, a dicha edad tienen que dejar su empleo en las Fuerzas Armadas, pero pueden convertirse en reservistas de alta disponibilidad y cobrar una compensación.

Los funcionarios que han pasado a la reserva continúan siendo militares, mientras que los reservistas voluntarios y los de especial disponibilidad solo lo son durante el tiempo que son activados, en su caso.

¿Los militares que han pasado a la reserva pueden ser llamados a filas en caso de guerra?

Sí, los militares que han pasado a la reserva pueden ser llamados a filas si España se ve involucrada en un conflicto armado.

¿Dónde se regula el pase a la reserva?

La situación de reserva se regula en el Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.

¿Cuáles son los requisitos para pasar a la reserva?

Para pasar a la reserva es necesario cumplir una cierta edad o llevar un tiempo en un determinado empleo militar:

  • Los generales de brigada pasan a la reserva al llevar 4 años en este empleo.
  • En los rangos entre general de brigada y general de división, a los 7 años en su empleo.
  • En los rangos entre general de división y teniente general, a los 10 años en su empleo.
  • Los coroneles, tenientes coroneles de las escalas técnicas de los cuerpos de ingenieros y de la escala de oficiales enfermeros y los suboficiales mayores, a los 6 años en su empleo. Los que tengan menos de 58 años al corresponderles pasar a la reserva, lo harán cuando cumplan esta edad.
  • Los oficiales y suboficiales pasan a la reserva cuando cumplen 61 años.
  • Los militares de tropa y marinería, al cumplir la edad de 58 años.

Los oficiales generales pueden pasar a la reserva por decisión gubernamental, a través de real decreto acordado en Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Defensa.

Los militares de carrera que no lleven al menos 20 años de servicio desde que adquirieron la condición de militar profesional al corresponderle la situación de reserva, pasan directamente a retiro.

¿El pase a la reserva es obligatorio u opcional?

El pase a la reserva es forzoso, por lo que los integrantes de las Fuerzas Armadas pasan a la reserva cuando cumplen la edad requerida o el tiempo necesario en su empleo para ello.

No obstante, los militares de carrera pueden pasar a reserva de forma voluntaria en los cupos autorizados periódicamente por el Ministro de Defensa para los diferentes empleos, zonas de escalafón, escalas y especialidades, conforme a las previsiones del planeamiento de defensa, si reúnen un periodo de al menos 25 años de tiempo de servicio en las Fuerzas Armadas.

En aquellos cupos, empleos, escalas y especialidades en que se especifique así, además, se podrá ofertar parte de las plazas para que se soliciten con carácter anuente.

Si no hay suficientes peticionarios con carácter voluntario o anuente para cubrir estas plazas, se completan con el pase a la reserva forzoso de los del empleo correspondiente de mayor antigüedad en él, siempre que hayan dejado de ser evaluados para el ascenso.

Este tipo de plazas se conceden en función de la mayor antigüedad en el empleo.

¿Cuál es el sueldo de los militares al estar en la reserva?

Se conservan las retribuciones del personal en activo sin destino hasta los 63 años, y a partir de ese momento, sus retribuciones están formadas por las retribuciones básicas y el complemento de disponibilidad correspondiente.

Quien pase a la reserva de forma forzosa o anuente recibirá una única vez una prima de la cuantía establecida reglamentariamente, para lo que se tendrá en cuenta el tiempo que le quede para llegar a la edad para pasar a reserva.

¿Se puede ascender estando en la reserva?

No, una vez que se pasa a la reserva no se puede ascender.

¿Cómo se declara el pase a la reserva?

La declaración de pase a la reserva se hace por resolución del Subsecretario de Defensa, excepto cuando los oficiales generales pasan a situación de reserva por real decreto.

¿Qué efecto tiene la declaración del pase a la reserva?

Dicha declaración produce el cese automático del interesado en su destino o cargo, salvo que esté asignado indistintamente a servicio activo y reserva.

¿El tiempo que se está en reserva computa para trienios?

Sí, el tiempo que se está en reserva computa tanto a efectos de trienios como de derechos pasivos.

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El pase a la reserva de la Guardia Civil

Los miembros de la Guardia Civil, que es un cuerpo de naturaleza militar, también pasan a la reserva.

El pase a la reserva de la Guardia Civil se regula en el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil.

En el caso de los guardias civiles, al pasar a la reserva, quedan a disposición del Ministro de Interior hasta su retiro, para cumplir funciones policiales si así se requiere por razones de seguridad ciudadana.

¿Cuándo pasan a la reserva los guardias civiles?

Los guardias civiles pasan a la reserva al cumplir los siguientes requisitos:

  • Los generales de brigada, al cumplir 4 años en su empleo.
  • En los rangos entre general de brigada y general de división, a los 7 años en su empleo.
  • En los rangos entre general de división y teniente general, a los 10 años.
  • Los oficiales, al cumplir 61 años.
  • Los suboficiales, al cumplir 58 años.
  • Los cabos y guardias, al cumplir 58 años.

Los oficiales generales pueden pasar también a la situación de reserva por decisión del Gobierno, por real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa y previo informe del Ministro del Interior.

El teniente general, Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil permanece en activo mientras esté en el cargo. En el momento de su cese pasa a la situación de reserva o de activo, si procede.

Los guardias civiles tienen que llevar al menos 25 años de servicio para pasar a la reserva. Aquellos que no puedan permanecer en activo pasarán directamente a retiro. Ello es importante en aquellos casos que se vuelve a la Guardia Civil, tras estar mucho tiempo en situación de excedencia, si no se llega a los 25 años de servicio la Guardia Civil propondrá el pase a retiro. Por eso el Guardia civil que no llegue a los 25 años deberá tratar de seguir en servicio activo para no sufrir una importante merma en su pensión.

¿Pueden los guardias civiles continuar en activo aunque cumplan los requisitos para el pase a la reserva?

Sí, los guardias civiles pueden solicitar continuar en activo por periodos de un año, y se le podrá conceder hasta la edad de 60 años en el caso de los suboficiales y de 65 años en el de los cabos y guardias.

¿Pueden pasar a la reserva de forma voluntaria los guardias civiles?

, los guardias civiles también pueden pasar a la reserva de forma voluntaria en los cupos autorizados para ello.

¿Cuál es el sueldo de los guardias civiles al estar en la reserva?

Su retribución pasa a estar formada por las retribuciones básicas y un complemento de disponibilidad, en el caso del personal no destinado.

¿Los guardias civiles pueden ascender cuando están en la reserva?

No, los guardias civiles no pueden ascender una vez que están en la reserva.

¿El tiempo en reserva en la Guardia Civil computa para trienios?

Sí, computa para trienios, tiempo de servicios y determinación de los derechos de Seguridad Social correspondientes.

¿Cómo se declara el pase a la reserva en la Guardia Civil?

El pase a la reserva de los guardias civiles se produce por resolución del Ministro de Defensa.

¿Qué efecto tiene la declaración del pase a la reserva en la Guardia Civil?

El pase a la reserva de los guardias civiles determina su cese automático en su destino o cargo, salvo en los casos en que sean requeridos para el cumplimiento de funciones policiales.

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Juan Carlos Fernández Monteagudo
Juan Carlos Fernández Monteagudo
Abogado especialista en derecho militar y Guardia Civil
13 años colegiado
Colegio de Abogados de Madrid (nº 88.518)

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