La jubilación tiene lugar cuando una persona deja de trabajar de forma permanente y depende de los fondos acumulados durante su vida laboral, como pensiones y ahorros. Por lo general, esto ocurre al final de la carrera laboral, a menudo alrededor de los 60 o 65 años, aunque la edad puede variar según el país y el sistema de seguridad social. En otras palabras, la jubilación implica la retirada del trabajo debido al cumplimiento de la edad establecida por la ley.
Ley del Seguro Social
En México, la jubilación está regida por la Ley del Seguro Social. Esta ley establece los términos y condiciones para otorgar prestaciones a los asegurados que han llegado a la edad de vejez.
Según el artículo 161 de esta ley, los asegurados que se jubilan tienen derecho a distintas prestaciones, incluyendo una pensión, asistencia médica, asignaciones familiares y ayuda asistencial.
Jubilación por edad avanzada
Según el artículo 154, la jubilación en edad avanzada en México se puede presentar a partir de los 60 años. Para recibir las prestaciones correspondientes, se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales.
Si se ha alcanzado la edad, pero no se cumplen el número de cotizaciones, se puede optar por retirar el saldo de su cuenta individual o continuar cotizando hasta alcanzar las semanas necesarias para recibir la pensión.
Las prestaciones de esta forma de jubilación comprenden una pensión, atención médica, beneficios familiares y ayuda asistencial, como indica el artículo 155. Existe la opción de elegir entre adquirir una renta vitalicia con una entidad aseguradora o mantener el saldo de la cuenta individual en una Administradora de Fondos para el Retiro y realizar retiros programados. Quienes se jubilan en edad avanzada no tienen derecho a una pensión posterior por vejez o invalidez, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 160 de la ley.
Jubilación por vejez
Según el artículo 162, para optar a esta jubilación el asegurado debe haber alcanzado la edad de 65 años. También debe contar con al menos mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales reconocidas por el IMSS.
Si un asegurado tiene 65 años o más pero no ha alcanzado el número necesario de cotizaciones, puede optar por retirar el saldo de su cuenta individual o continuar cotizando hasta cumplir con los requisitos para recibir la pensión.
Para la jubilación por vejez, el asegurado deberá realizar una solicitud previa, siempre y cuando se cumplan con los requisitos antes mencionados. La pensión se otorga a partir de la fecha en que el asegurado deja de trabajar.
Además, según el artículo 164, los asegurados que cumplen con los requisitos pueden disponer de su cuenta individual de dos maneras:
- Contratar una renta vitalicia con una compañía de seguros pública, social o privada de su elección. Esta renta se actualizará anualmente según el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
- Mantener el saldo de su cuenta individual en una Administradora de Fondos para el Retiro y realizar retiros programados.
¿Buscas abogado de confianza?
Te ayudamos a encontrar abogado especialista de confianza sin compromiso. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en todo México.
Al completar el formulario aceptas que has leído y aceptado nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.