Artículo 215 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
A la razón social o denominación propia del tipo de sociedad, se añadirán siempre las palabras “de capital variable”.
art 215 LGSM
Encuentra un abogado
Te ayudamos a encontrar al mejor abogado para ti. Elige de nuestro listado de abogados el que más se ajuste a tus necesidades.
Consultar abogado- Ley General de Sociedades Mercantiles
- Capítulo VIII: De las sociedades de capital variable