Artículo 624 del Código Civil Federal
Designarán por sí mismos al curador, con aprobación judicial:
I. Los comprendidos en el artículo 496, observándose lo que allí se dispone respecto de esos nombramientos;
II. (Se deroga).
art 624 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO NOVENO. De la tutela
- Capítulo XIV: Del curador
- TÍTULO NOVENO. De la tutela