Artículo 515 del Código Civil Federal
Mientras que se califica el impedimento o la excusa, el Juez nombrará un tutor interino.
art 515 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO NOVENO. De la tutela
- Capítulo VIII: De las excusas para el desempeño de la tutela
- TÍTULO NOVENO. De la tutela