Artículo 2309 del Código Civil Federal
Si se venden cosas futuras, tomando el comprador el riesgo de que no llegasen a existir, el contrato es aleatorio y se rige por lo dispuesto en el capítulo relativo a la compra de esperanza.
art 2309 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEGUNDO. De la compra-venta
- Capítulo VII: De algunas modalidades del contrato de compra-venta
- TÍTULO SEGUNDO. De la compra-venta