Artículo 2015 del Código Civil Federal
En las enajenaciones de alguna especie indeterminada, la propiedad no se transferirá sino hasta el momento en que la cosa se hace cierta y determinada con conocimiento del acreedor.
art 2015 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEGUNDO. Modalidades de las obligaciones
- Capítulo V: De las obligaciones de dar
- TÍTULO SEGUNDO. Modalidades de las obligaciones