Artículo 1946 del Código Civil Federal
La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento suceda en un tiempo fijo, caduca si pasa el término sin realizarse, o desde que sea indudable que la condición no puede cumplirse.
art 1946 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEGUNDO. Modalidades de las obligaciones
- Capítulo I: De las obligaciones condicionales
- TÍTULO SEGUNDO. Modalidades de las obligaciones