Artículo 1583 del Código Civil Federal
Los que se encuentren en alta mar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sean de guerra o mercantes, pueden testar sujetándose a las prescripciones siguientes.
art 1583 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO TERCERO. De las sucesiones
- TÍTULO TERCERO. De la forma de los testamentos
- Capítulo VII: Del testamento marítimo
- TÍTULO TERCERO. De la forma de los testamentos