Artículo 3 del Código Penal
Artículo 3. Ley excepcional o temporal.
La ley excepcional o temporaria se aplicará a los hechos cometidos bajo su vigencia, aun cuando ésta hubiere cesado al tiempo de dictarse el fallo, salvo lo dispuesto en el artículo 2.
art 3 cp
- Código Penal
- Libro Primero: Parte general
- Título I: De la ley penal
- Artículo 1. De la legalidad.
- Artículo 2. Extractividad.
- Artículo 3. Ley excepcional o temporal.
- Artículo 4. Territorialidad de la ley penal.
- Artículo 5. Extraterritorialidad de la ley penal.
- Artículo 6. Sentencia extranjera.
- Artículo 7. Exclusión de la analogía.
- Artículo 8. Extradición.
- Artículo 9. Leyes especiales.
- Título I: De la ley penal