El contrato oneroso es conmutativo cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y si el equivalente consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida, se llama aleatorio.
art 1457 cc
- Código Civil de Ecuador
- Libro IV: De las obligaciones en general y de los contratos
- Título I: Definiciones
- Libro IV: De las obligaciones en general y de los contratos