Por mutuo consentimiento los cónyuges pueden divorciarse en procedimiento voluntario que se sustanciará según las disposiciones del Código Orgánico General de Procesos.
art 107 cc
Este artículo del Código Civil de Ecuador hace referencia a la posibilidad de divorciarse por mutuo acuerdo y establece que este tipo de divorcio seguirá el procedimiento regulado en el Código Orgánico General de Procesos.