Artículo 945. Adquisición y pérdida por prescripción.
Se puede adquirir y perder por la prescripción un modo particular de ejercer la servidumbre, de la misma manera que podría adquirirse o perderse la servidumbre misma.
art 945 cc
- Código Civil de Colombia
- Libro Segundo: De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce
- Título XI: De las servidumbres
- Capítulo IV: De la extinción de las servidumbres
- Artículo 942
- Artículo 943
- Artículo 944
- Artículo 945
- Capítulo IV: De la extinción de las servidumbres
- Título XI: De las servidumbres
- Libro Segundo: De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce