La caución y la sujeción a la vigilancia de la autoridad podrán imponerse como penas accesorias o como medidas preventivas, en los casos especiales que determinen este Código y el de Procedimientos.
art 23 cp
- Código Penal de Chile
- LIBRO PRIMERO
- TÍTULO TERCERO. De las penas
- II. De la clasificación de las penas
- TÍTULO TERCERO. De las penas
- LIBRO PRIMERO