El empleador velará para que en la organización de la faena se utilicen los medios adecuados, especialmente mecánicos, a fin de evitar la manipulación manual habitual de las cargas.
Asimismo, el empleador procurará que el trabajador que se ocupe en la manipulación manual de las cargas reciba una formación satisfactoria, respecto de los métodos de trabajo que debe utilizar, a fin de proteger su salud.art 211 G ct
- Código del Trabajo
- Libro II. De la protección a los trabajadores
- Título V. De la protección de los trabajadores de carga y descarga de manipulación manual
- Artículo 211 F
- Artículo 211 G
- Artículo 211 H
- Artículo 211 I
- Artículo 211 J
- Título V. De la protección de los trabajadores de carga y descarga de manipulación manual
- Libro II. De la protección a los trabajadores